paso 1
1: Acudir a la Inspectoría del Trabajo con los Anexo 1 y 2 para notificar al Inspector del Trabajo de la voluntad de los trabajadores de elegir a los delegados.
Anexo 1. Es la notificación al Inspector del Trabajo de la voluntad de los trabajadores de elegir a los delegados o delegadas de prevención.
Deben hacerse dos originales de cada anexo, uno quedará en poder del Inspector del Trabajo y otro que será entregado al Inpsasel posterior a la elección de los delegados para el registro de los mismos.
Esta notificación (Anexo 1) va respaldada con las firmas de los trabajadores de la empresa. Debe ser firmada por más de un trabajador, a no ser que la empresa sea de solo 01 trabajador.
En ella hay que tener cuidado en diferenciar entre lo que se denomina centro de trabajo, establecimiento o unidad de explotación: (local, sede, ejemplo, El Tablazo) y lo que es la empresa, institución o cooperativa (nombre legal de la empresa, ejemplo, Polímeros de Venezuela S.A.).
Una vez entregado el Anexo 1, los trabajadores tienen 30 días hábiles para realizar las elecciones.
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